Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/487
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 487
Artículo 487 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe en la ley. Fue quitado oficialmente el 27 de agosto de 1932, así que no debes preocuparte por él. Significa que la regla que estaba ahí ya no aplica para nadie.
Texto oficial
Artículo 487.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.