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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/508
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
508

Artículo 508 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado oficialmente desde 1932. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez legal y no se puede usar en ningún juicio o trámite. En otras palabras, es como si nunca hubiera existido. Lo único que este artículo hace es avisarte que fue borrado hace casi cien años.

Texto oficial

Artículo 508.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 61) ↗

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