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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/510
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
510

Artículo 510 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 510 ya no es válido, fue eliminado oficialmente el 27 de agosto de 1932. Cuando una ley se deroga, significa que se borra y ya no se aplica para nada. Así que no tienes que preocuparte por este artículo, porque simplemente ya no existe en la legislación.

Texto oficial

Artículo 510.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 61) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.