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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 510
Artículo 510 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 510 ya no es válido, fue eliminado oficialmente el 27 de agosto de 1932. Cuando una ley se deroga, significa que se borra y ya no se aplica para nada. Así que no tienes que preocuparte por este artículo, porque simplemente ya no existe en la legislación.
Texto oficial
Artículo 510.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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