Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/516
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
516

Artículo 516 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no está vigente. Fue eliminado de la ley desde el 27 de agosto de 1932, por lo que no tienes que preocuparte por él. Cuando una ley dice "se deroga", significa que esa regla fue cancelada y ya no se aplica. Básicamente, este artículo no existe legalmente, así que no afecta en nada tu vida ni tus derechos.

Texto oficial

Artículo 516.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 62) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.