Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/517
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 517
Artículo 517 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo fue eliminado de la ley hace muchos años, desde el 27 de agosto de 1932. "Derogado" significa que ya no tiene validez ni se aplica. Por lo tanto, no hay nada que cumplir ni explicar, solo quedó como un registro histórico.
Texto oficial
Artículo 517.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.