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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 520
Artículo 520 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 520 fue eliminado de la ley desde el 27 de agosto de 1932, es decir, ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Que esté derogado significa que ya no se aplica ni te puede afectar de ninguna manera. Es como si esa regla hubiera sido borrada del código y ya no cuenta para nada.
Texto oficial
Artículo 520.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.