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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 521
Artículo 521 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 521 ya no existe. Está derogado, lo que significa que fue eliminado oficialmente de la ley desde el 27 de agosto de 1932, hace más de 90 años. Por lo tanto, no tiene ningún efecto legal actualmente. No necesitas preocuparte por ese artículo porque ya no aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 521.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.