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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/539
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
539

Artículo 539 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo lo que te dice es que ya no existe, fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que esa regla ya no tiene validez, como cuando cancelas un acuerdo o una norma porque ya no sirve. Desde agosto de 1932, ese artículo quedó oficialmente fuera de uso. O sea, no tienes que preocuparte por él, simplemente ya no aplica.

Texto oficial

Artículo 539.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 63) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.