Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/557
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 557
Artículo 557 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 557 fue eliminado de la ley el 27 de agosto de 1932, según el Diario Oficial de la Federación. Cuando un artículo está derogado significa que ya no tiene validez ni se aplica, como si lo hubieran borrado del código legal. En la práctica, este artículo no existe para efectos legales actuales.
Texto oficial
Artículo 557.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
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