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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/558
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
558

Artículo 558 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley en 1932, por lo que ya no tiene ningún efecto ni se aplica en la actualidad. Si alguien revisa la ley, debe ignorar este artículo porque ya no existe. No hay que confundirse: "derogado" significa que ya no es válido, como si nunca hubiera estado.

Texto oficial

Artículo 558.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 64) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.