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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 565
Artículo 565 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no aplica. Fue eliminado oficialmente de la ley desde el 27 de agosto de 1932, por lo que no tiene ningún efecto legal hoy en día. Cuando una ley dice "derogado", significa que ya no está vigente y no debes tomarlo en cuenta. Básicamente, es como si ese artículo nunca hubiera existido para los casos actuales.
Texto oficial
Artículo 565.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.