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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/632
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
632

Artículo 632 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no es válido, está derogado desde 1932. Significa que la ley lo quitó por completo y ya no tiene ningún efecto. No hay nada que explicar porque simplemente ya no existe en la ley actual.

Texto oficial

Artículo 632.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 73) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.