Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/632
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 632
Artículo 632 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no es válido, está derogado desde 1932. Significa que la ley lo quitó por completo y ya no tiene ningún efecto. No hay nada que explicar porque simplemente ya no existe en la ley actual.
Texto oficial
Artículo 632.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.