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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/633
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
633

Artículo 633 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. "Derogado" significa que fue cancelado o eliminado de la ley. Así que ya no tiene ningún efecto legal ni se aplica a nadie. Desde el 27 de agosto de 1932, esa regla dejó de existir.

Texto oficial

Artículo 633.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 73) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.