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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 633
Artículo 633 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido. "Derogado" significa que fue cancelado o eliminado de la ley. Así que ya no tiene ningún efecto legal ni se aplica a nadie. Desde el 27 de agosto de 1932, esa regla dejó de existir.
Texto oficial
Artículo 633.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 27-08-1932
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