- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 652
Artículo 652 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 652 fue eliminado de la ley y ya no tiene ningún efecto legal. Este artículo se eliminó en dos fechas distintas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no existe ni se aplica a nadie. En pocas palabras, este artículo es pura historia y no te afecta para nada.
Texto oficial
Artículo 652.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.