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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/654
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
654

Artículo 654 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que ya no tiene validez, como si lo hubieran borrado oficialmente. Así que no hay ninguna regla que aplicar aquí; solo quedó como un espacio vacío en el Código de Comercio.

Texto oficial

Artículo 654.- (Se deroga). CÓDIGO DE COMERCIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 75 de 291 Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 74) ↗

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