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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 661
Artículo 661 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada porque fue eliminado de la ley. "Derogado" significa que perdió su validez y ya no se aplica. Las fechas que ves indican cuándo se quitó oficialmente: primero en 1963 y luego otra vez en 1994. En pocas palabras, ignóralo por completo.
Texto oficial
Artículo 661.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.