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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/670
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
670

Artículo 670 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 670 fue eliminado de la ley. "Derogar" significa que ya no existe ni se aplica. Esto pasó en dos fechas: primero el 21 de noviembre de 1963 y luego el 4 de enero de 1994. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por este artículo, porque ya no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 670.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 76) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.