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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/671
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
671

Artículo 671 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que dejó de tener efecto, como si lo hubieran borrado oficialmente. Como está derogado, ya no tienes que preocuparte por cumplirlo ni te afecta en nada. La ley lo quitó en dos fechas distintas: primero el 21 de noviembre de 1963 y luego otra vez el 4 de enero de 1994. En pocas palabras, este artículo es como si nunca hubiera existido.

Texto oficial

Artículo 671.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 76) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.