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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/680
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
680

Artículo 680 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. La ley lo eliminó oficialmente en dos fechas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Cuando una ley dice "derogado", significa que ya no tiene efecto y no debes tomarlo en cuenta.

Texto oficial

Artículo 680.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 76) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.