Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/680
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 680
Artículo 680 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido. La ley lo eliminó oficialmente en dos fechas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Cuando una ley dice "derogado", significa que ya no tiene efecto y no debes tomarlo en cuenta.
Texto oficial
Artículo 680.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.