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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 704
Artículo 704 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido. Fue eliminado de la ley en 1963 y luego otra vez en 1994. Al estar derogado, no tiene ningún efecto legal, así que no debes preocuparte por él. Solo significa que ya no existe como regla que tengas que seguir.
Texto oficial
Artículo 704.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.