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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 707
Artículo 707 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 707 ya no existe en la ley porque fue eliminado en 1963 y luego otra vez en 1994. Cuando una ley dice "derogado" significa que ese artículo ya no tiene validez y no debes aplicarlo. En pocas palabras, este artículo es historia y no te afecta en nada actualmente.
Texto oficial
Artículo 707.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.