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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/708
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
708

Artículo 708 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve. Fue eliminado de la ley en 1963 y luego otra vez en 1994. Al estar derogado, no tienes que cumplir ni preocuparte por lo que decía, porque ya no existe.

Texto oficial

Artículo 708.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 78) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.