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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/709
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
709

Artículo 709 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 709 está derogado, lo que significa que ya no tiene validez ni se aplica. Fue eliminado de la ley en dos fechas distintas: primero el 21 de noviembre de 1963 y después el 4 de enero de 1994. Al estar derogado, no necesitas preocuparte por él porque ya no existe en la práctica legal.

Texto oficial

Artículo 709.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 78) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.