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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/714
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
714

Artículo 714 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 714 ya no existe, porque fue eliminado oficialmente de la ley en 1963 y luego otra vez en 1994. Cuando un artículo está "derogado" significa que ya no tiene ningún efecto ni se aplica en ningún caso. Así que no tienes que preocuparte por él, ya que no es válido para nada. Solo queda como un registro histórico de que alguna vez existió, pero hoy no sirve para nada.

Texto oficial

Artículo 714.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 78) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.