Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/715
- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 715
Artículo 715 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido, porque fue eliminado oficialmente de la ley. La palabra "derogado" significa que ya no tiene ningún efecto legal, como si lo hubieran borrado. Así que no debes preocuparte por él, ya que no aplica en la actualidad.
Texto oficial
Artículo 715.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.