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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 719
Artículo 719 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe en la ley. "Derogar" significa que se cancela o elimina de forma oficial. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es válido desde las fechas en que lo quitaron. En términos simples, este artículo es como si nunca hubiera estado vigente.
Texto oficial
Artículo 719.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
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