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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 728
Artículo 728 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 728 fue eliminado de la ley. Cuando un artículo se deroga, significa que ya no tiene validez ni se puede aplicar. Esto pasó en dos fechas distintas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Así que, básicamente, ya no existe ningún efecto legal de este artículo.
Texto oficial
Artículo 728.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
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