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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 740
Artículo 740 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 740 ya no sirve, porque fue eliminado de la ley. Se derogó, que significa que se quitó o canceló oficialmente, en dos fechas distintas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Al estar derogado, ya no tienes que cumplirlo ni tomarlo en cuenta para nada.
Texto oficial
Artículo 740.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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