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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/740
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
740

Artículo 740 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 740 ya no sirve, porque fue eliminado de la ley. Se derogó, que significa que se quitó o canceló oficialmente, en dos fechas distintas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Al estar derogado, ya no tienes que cumplirlo ni tomarlo en cuenta para nada.

Texto oficial

Artículo 740.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 80) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.