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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 742
Artículo 742 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 742 ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley. Lo quitaron en dos fechas distintas: primero el 21 de noviembre de 1963 y luego otra vez el 4 de enero de 1994. Como está derogado, no tienes que preocuparte por él ni aplicarlo.
Texto oficial
Artículo 742.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.