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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 745
Artículo 745 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe, fue eliminado del Código en 1963 y luego otra vez en 1994. Cuando una ley dice "se deroga" significa que se quitó oficialmente y ya no tiene ningún efecto. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque no aplica para nada. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera estado ahí.
Texto oficial
Artículo 745.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.