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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 749
Artículo 749 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 749 fue eliminado de la ley. Ya no existe ni se aplica. Esto pasó en dos fechas distintas, primero el 21 de noviembre de 1963 y luego el 4 de enero de 1994. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por él porque ya no tiene ningún efecto legal. Es como si nunca hubiera estado en el código.
Texto oficial
Artículo 749.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.