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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 755
Artículo 755 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley el 21 de noviembre de 1963 y otra vez el 4 de enero de 1994. En otras palabras, ya no existe como regla que debas seguir o conocer. No tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 755.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.