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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/760
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
760

Artículo 760 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe en la ley. Cuando ves "derogado" significa que se eliminó, como cuando tachas una regla o un párrafo de un reglamento porque ya no se usa. Aunque aparezca en la lista de artículos, ya no tiene ningún efecto legal. En el caso de este artículo 760, se eliminó hace muchos años, primero en 1963 y luego otra vez en 1994.

Texto oficial

Artículo 760.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 81) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.