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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/759
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
759

Artículo 759 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no sirve para nada porque fue derogado, es decir, cancelado y eliminado de la ley. La primera vez lo quitaron el 21 de noviembre de 1963 y luego otra vez el 4 de enero de 1994. Así que no tienes que preocuparte por él, ya no existe ni se aplica en ningún caso. En pocas palabras, es como si nunca hubiera estado en la ley.

Texto oficial

Artículo 759.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 81) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.