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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 764
Artículo 764 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo está cancelado, ya no es válido. Fue eliminado oficialmente en dos fechas distintas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por lo que decía, porque actualmente no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 764.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
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