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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/764
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
764

Artículo 764 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo está cancelado, ya no es válido. Fue eliminado oficialmente en dos fechas distintas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por lo que decía, porque actualmente no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 764.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 81) ↗

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