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Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
768

Artículo 768 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 768 fue eliminado de la ley en dos fechas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Esto significa que ya no existe, no tiene ningún efecto legal y no debes preocuparte por él. En México, cuando un artículo está derogado, es como si nunca hubiera estado vigente para los casos actuales. Solo aplica si estabas en algún juicio o trámite antes de esas fechas.

Texto oficial

Artículo 768.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 82) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.