- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 768
Artículo 768 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 768 fue eliminado de la ley en dos fechas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Esto significa que ya no existe, no tiene ningún efecto legal y no debes preocuparte por él. En México, cuando un artículo está derogado, es como si nunca hubiera estado vigente para los casos actuales. Solo aplica si estabas en algún juicio o trámite antes de esas fechas.
Texto oficial
Artículo 768.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.