- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 782
Artículo 782 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que ya no existe ni tiene validez, como cuando se borra una regla. Así que no hay nada que explicar ni que aplicar. En México, cuando ves "derogado" en un código, quiere decir que ese artículo ya no te afecta para nada.
Texto oficial
Artículo 782.- (Se deroga). CÓDIGO DE COMERCIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 83 de 291 Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.