Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/796
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
796

Artículo 796 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado de la ley, como si lo hubieran borrado. La primera vez que lo quitaron fue el 21 de noviembre de 1963, y luego otra vez el 4 de enero de 1994. Como ya no existe, no tienes que preocuparte por cumplirlo ni saber lo que decía. En lugar de eso, revisa las leyes vigentes para ver si hay otro artículo que cubra lo mismo.

Texto oficial

Artículo 796.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 83) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.