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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 798
Artículo 798 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 798 fue eliminado de la ley. Eso significa que ya no está vigente y no tienes que preocuparte por cumplirlo ni aplicarlo. Se quitó en dos fechas: primero el 21 de noviembre de 1963 y luego otra vez el 4 de enero de 1994. En pocas palabras, es una regla que ya no existe.
Texto oficial
Artículo 798.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.