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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/798
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
798

Artículo 798 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 798 fue eliminado de la ley. Eso significa que ya no está vigente y no tienes que preocuparte por cumplirlo ni aplicarlo. Se quitó en dos fechas: primero el 21 de noviembre de 1963 y luego otra vez el 4 de enero de 1994. En pocas palabras, es una regla que ya no existe.

Texto oficial

Artículo 798.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 83) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.