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Artículo 8 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley desde 1954. Significa que ya no existe ni se aplica en la práctica. No tienes que preocuparte por él, porque está totalmente cancelado.

Texto oficial

Artículo 8o.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 06-01-1954

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.