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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/816
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
816

Artículo 816 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, porque fue derogado (es decir, eliminado de la ley). La última vez que se borró fue en 1994, así que desde entonces no tienes que cumplir con lo que decía. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera existido.

Texto oficial

Artículo 816.- (Se deroga). CÓDIGO DE COMERCIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 85 de 291 Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 84) ↗

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