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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/823
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
823

Artículo 823 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. Solo dice que quedó eliminado, primero en 1963 y luego otra vez en 1994. No tienes que preocuparte por él, porque ya no existe en la ley.

Texto oficial

Artículo 823.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 03-05-1946. Derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 85) ↗

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