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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/838
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
838

Artículo 838 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido porque fue eliminado de la ley (derogado) en dos fechas distintas: el 21 de noviembre de 1963 y después otra vez el 4 de enero de 1994. Cuando un artículo está derogado, significa que ya no está vigente y no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, este texto es solo un registro histórico, no una regla que se pueda aplicar hoy.

Texto oficial

Artículo 838.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 86) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.