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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/844
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
844

Artículo 844 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe en la ley porque fue eliminado (derogado) en dos fechas distintas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Al estar derogado, ya no tiene ningún efecto legal; es como si nunca hubiera estado vigente y no aplica en ningún caso actual.

Texto oficial

Artículo 844.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 86) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.