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Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
86

Artículo 86 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando dos personas o empresas firman un contrato comercial, deben cumplir con lo que prometieron en el lugar que ellas mismas acordaron. Si en el contrato no se dice dónde se debe pagar o entregar algo, entonces se tiene que hacer en el lugar que sea más lógico según el tipo de negocio o lo que ambas partes pensaban desde un inicio. Si no logran ponerse de acuerdo, un juez será quien decida el lugar adecuado para cumplir con la obligación.

Texto oficial

Artículo 86.- Las obligaciones mercantiles habrán de cumplirse en el lugar determinado en el contrato, o en caso contrario en aquel que, según la naturaleza del negocio o la intención de las partes, deba considerarse adecuado al efecto por consentimiento de aquellas o arbitrio judicial. CÓDIGO DE COMERCIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 20 de 291

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 19) ↗

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