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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/864
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
864

Artículo 864 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado de la ley en dos ocasiones: primero el 21 de noviembre de 1963 y luego otra vez el 4 de enero de 1994. Al estar derogado, ya no tiene ningún efecto legal, así que no hay ninguna regla que seguir ni aplicar. Básicamente, es como si ese artículo nunca hubiera existido, ya no sirve para nada.

Texto oficial

Artículo 864.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 87) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.