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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/863
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
863

Artículo 863 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, porque fue derogado (eliminado de la ley) en 1963 y luego otra vez en 1994. El capítulo entero sobre el abandono de las cosas aseguradas también se retiró. En pocas palabras, ya no existe esta regla, así que no te preocupes por ella. Las leyes que aplican hoy son otras más actuales.

Texto oficial

Artículo 863.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994 CAPITULO XII Del Abandono de las Cosas Aseguradas (Se deroga). Capítulo derogado DOF 21-11-1963

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 87) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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