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- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 870
Artículo 870 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no tiene ningún efecto legal, porque fue eliminado oficialmente del Código en dos ocasiones (en 1963 y luego en 1994). Al estar "derogado", significa que ya no existe como regla que debas cumplir. En pocas palabras, no te preocupes por este artículo porque ya no es parte de la ley.
Texto oficial
Artículo 870.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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