- Ley
- CÓDIGO de Comercio
- Artículo
- 882
Artículo 882 del CÓDIGO de Comercio
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 882 ya no existe en la ley, porque fue eliminado oficialmente en dos fechas distintas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Cuando un artículo se deroga, significa que ya no tiene validez ni produce efectos legales, así que no debes tomarlo en cuenta. En pocas palabras, esta ley ya no aplica para nada ni para nadie.
Texto oficial
Artículo 882.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.