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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CCom/883
Ley
CÓDIGO de Comercio
Artículo
883

Artículo 883 del CÓDIGO de Comercio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no es válido. Está derogado, lo que significa que fue eliminado de la ley y ya no se aplica. Esto ocurrió en dos fechas distintas: el 21 de noviembre de 1963 y el 4 de enero de 1994. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 883.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 21-11-1963, 04-01-1994

Ver texto oficial del CÓDIGO de Comercio (pág. 89) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.